septiembre 19, 2024

En sesión pública que fue transmitida por la red social de YouTube, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla resolvió el asunto que a continuación se describe:

TEEP-A-081/2024
El cual fue promovido por la otrora representación del Partido Acción Nacional ante el Consejo Municipal de Puebla, Puebla, en contra de la resolución decretada por la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del IEE, en la cual desechó su denuncia dentro del procedimiento especial sancionador 205 de este año.

La propuesta se emitió en cumplimiento a lo ordenado por Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la IV Circunscripción Plurinominal con sede en la ciudad de México, en el acuerdo plenario dictado dentro del juicio electoral 122 de esta anualidad.

De la demanda se observa que el promovente se dolió de falta de exhaustividad de la responsable de analizar todos los elementos que aportó como prueba, específicamente el video anexado a su denuncia.
Así, de la revisión del acto impugnado, la ponente advirtió que tal y como lo argumentó el promovente, la autoridad responsable dejó de analizar el video aportado, toda vez que al emitir la resolución de desechamiento, se limitó a estudiar sólo los enlaces y las imágenes de la denuncia, omitiendo pronunciarse sobre la totalidad de las pruebas aportadas.

En consecuencia, se declaró FUNDADO el agravio y en consecuencia, se revocó la resolución impugnada para los efectos esgrimidos en la misma.
Este documento es únicamente con fines de divulgación.

Las anteriores resoluciones pueden ser consultadas de manera íntegra en la página del tribunal: https://teep.org.mx/comunicados
La Sesión Pública por videoconferencia en #YouTube:
https://www.youtube.com/watch?v=WdFgaram1Ec