septiembre 19, 2024

CONDENA TEPJF A EDUARDO ALCANTARA POR HOSTIGAMIENTO SEXUAL CONTRA EX ASPIRANTE

Monica Camacho
La Jornada de Oriente

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) acreditó que el diputado del PAN Eduardo Alcántara Montiel incurrió en actos de hostigamiento sexual y amenazas contra Erika de la Vega en la elección de 2021, en un intento de condicionar su participación como aspirante a una candidatura de ese partido.
El TEPJF, a través de la Sala Regional Ciudad de México, agregó que la entonces dirigente estatal de Acción Nacional y actual integrante de la bancada albiazul de la Cámara de Diputados, Genoveva Huerta Villegas, fue omisa en el caso, porque no llevó a cabo actos para investigar los hechos, sancionarlos y erradicarlos.

Si la Sala Superior confirma la sentencia, Alcántara quedará impedido para participar como candidato en la elección de 2024 -proceso en el que pretende competir por la alcaldía de Puebla-, debido a que el tribunal federal determinó que incurrió en violencia política en razón de género.
Eduardo Alcántara ofreció a Érika de la Vega una candidatura
De la Vega aseguró que Eduardo Alcántara aprovechó su función como asesor principal de Genoveva Huerta en la elección de 2021, para ofrecerle la candidatura del PAN a la alcaldía de San Pedro Cholula, a cambio de un encuentro sexual o el pago de 1.5 millones de pesos.

Al analizar el caso a raíz de una queja promovida por De la Vega, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) juzgó inexistente la violencia política en razón de género.
Este 30 de marzo la Sala Regional Ciudad de México revocó el fallo del TEEP, porque omitió valorar las pruebas que se presentaron contra Eduardo Alcántara y Genoveva Huerta.
“Cometió violencia política contra las mujeres por razón de género, porque los actos de hostigamiento sexual acusados por la actora se dieron en el marco de su participación política como simpatizante de un partido y aspirante a una candidatura a un cargo de elección popular por dicho instituto político.
“Tuvieron por objeto anular o restringir el ejercicio de sus derechos político electorales, al pretender condicionar su participación en el proceso interno del partido a través de amenazas y solicitudes de tipo sexual y económico lesivas de su dignidad e integridad física y psicológica”, concluyó.